Ley de Segunda Oportunidad
¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?
La conocida como “Ley de Segunda Oportunidad” está dirigida a personas particulares o autónomos que, no pueden asumir sus deudas por encontrarse en una grave situación económica.
Con el mecanismo planteado en la ley, se prende la restructuración de las deudas, de forma que se pueda plantear un plan de pagos acorde a los ingresos y necesidades del deudor.
Finalmente, y siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos, se podrá lograr la exoneración de la deuda.
Procedimiento
En primer lugar, es necesario presentar ante un Notario el “FORMULARIO DE SOLICITUD DEL PROCEDIMIENTO PARA ALCANZAR UN ACUERDO EXTRAJUDICIAL”.
El Notario tramitará el expediente, y se nombrará un mediador concursal, quien mediará entre los intereses del deudor y sus acreedores.
En esta fase, el abogado y el mediador del deudor, trabajarán en plantear un nuevo plan de pago a los acreedores, planteando quitas (rebajas de la deuda) y un nuevo calendario de pagos, todo ello en atención a la situación financiera del deudor.
En el caso de que se apruebe el plan de pagos, se elevará a público el acuerdo y se empezará con el cumplimiento del mismo.
Esta situación, permite al deudor hacer frente al pago de su deuda mediante cuotas que le permitan afrontar sus necesidades mensuales y su tranquilidad financiera.
En el caso de que el acuerdo no sea aprobado por los acreedores, se pasará a la FASE JUDICIAL, mediante la solicitud de Concurso Consecutivo, que se tramitará en el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor si éste es un particular, o en el Juzgado Mercantil si se trata de un autónomo.
En esta fase, se presentará un plan de liquidación para liquidar el posible activo que tenga el deudor y, de esta forma, satisfacer sus deudas.
Finalizada la fase de liquidación, se solicitará la conclusión del concurso y la exoneración de la deuda no satisfecha.
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